CRITERIOS DE ORDENACIÓN DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL 2024-2025
Sin entrar en contradicción con el Plan de Ordenación Docente en vigor, el Consejo del Departamento de Antropología Social celebrado el 16 de mayo de 2024 acuerda los siguientes criterios de repartición de la docencia:
1. La Dirección del Departamento, en cuanto tenga conocimiento de ello, hará llegar al PDI con encargo docente dependiente del mismo, los datos (potencial, minoraciones, etc.) que aparecen en la aplicación del POD de la UGR, para que cada persona identifique eventuales problemas y se ponga en contacto con las oficinas competentes para solucionarlos.
2. Una vez establecido el número máximo de horas que cada PDI debe impartir (potencial docencia ya impartida minoraciones), la repartición de la docencia se realizará en primera instancia de acuerdo con la solicitud que voluntariamente realice el profesorado.
2.1. La Dirección, recibidas las preferencias del profesorado, cubrirá la docencia cuidando que se respete el orden de prioridad que aparece en el POD: 1) asignaturas básicas y obligatorias de las titulaciones de Grado, 2) asignaturas obligatorias de los másteres habilitantes, 3)asignaturas optativas de Grado, 4) asignaturas obligatorias u optativas del resto de Másteres Universitarios.
2.2. En el caso de que la repartición voluntaria no permita cubrir toda la docencia, la Dirección la repartirá proporcionalmente entre el profesorado con menos docencia asignada respecto a su número máximo de horas, siempre cuidando la competencia de cada persona en las materias a impartir.
2.3. Si la docencia asignada al Dpto. no se puede cubrir sin que algún miembro del profesorado supere su número máximo de horas, las minoraciones totales se reducirán proporcional y equitativamente. (Se recuerda además que, según consta en el POD, las minoraciones no pueden suponer más del 20% del potencial del ámbito de conocimiento.)
3. En caso de existir interés en impartir la misma materia por parte de varios/as profesores/as, se aplicaría lo siguiente:
3.1. Procurar el acuerdo entre interesados/as para rotar o alternar la docencia en dicha materia.
3.2. De no alcanzarse el acuerdo, asignar la docencia teniendo en cuenta el conjunto de factores citados a continuación:
3.2.1. Experiencia docente en la materia concreta: 1 punto por año con un máximo de 5 puntos.
3.2.2. Experiencia investigadora (hasta un máximo de 5 puntos): 1 punto por sexenio de investigación; 1 punto por publicación relacionada con la materia (formato libro, capítulo de libro o artículo de revista), teniendo en cuenta los criterios de la ANECA sobre calidad de publicaciones.
3.2.3. En caso de empate en los criterios del punto 3.2., se asignará según categoría académica y, si el empate sigue, la antigüedad en la UGR.
4. Si, por motivos imprevistos, quedara a lo largo del curso académico una parte del encargo
docente sin cubrir, este será asignado a quienes mantengan una situación comparativamente
más ventajosa, atendiendo a las siguientes cuestiones:
- Quienes imparten un menor número de horas respecto a su número máximo.
- Quienes no imparten docencia en ese semestre.
- Quienes tienen la docencia menos fragmentada (número de asignaturas, grados, facultades, horario).
- Quienes tienen asignado el menor número de estudiantes.
5. Compatiblemente con la docencia asignada al Dpto., el profesorado podrá pedir la concentración de la carga docente en un solo semestre a fin de facilitar su actividad investigadora.
5.1. Tal y como se indica en el POD, en el caso de sustitución de un profesor o profesora con docencia concentrada, la sustitución solo se podrá realizar mediante un único contrato de PSI que sólo podrá asumir el número de horas lectivas proporcional al tiempo de duración de su contrato (120 horas max. por semestre). En consecuencia, la docencia que no se pueda cubrir con este contrato, será reasignada por la Dirección según lo establecido en el punto 4.
6. En la medida de lo posible, el profesorado no impartirá más de 120 horas o dos asignaturas completas en el Grado de Antropología Social y Cultural.
7. En la medida de lo posible, las asignaturas no serán compartidas por más de dos profesores/as.
7.1. Para preparar el cambio generacional, se fomentarán los programas docentes compartidos, siempre cuidando de que haya un/a experto/a en la materia como responsable de la asignatura.
8. El Personal Investigador Predoctoral en Formación y el Personal Investigador Postdoctoral, con potencial docente en el Departamento, asumirá el encargo docente en los mismos términos que el profesorado de plantilla, conforme a la normativa vigente tanto a nivel estatal, como autonómico y en la Universidad de Granada.