CRITERIOS PARA LA ADSCRIPCIÓN DE TAREAS DOCENTES EN EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA APLICADA, CURSO 2024-2025
Con el objetivo fundamental de garantizar la calidad docente en el desarrollo de las enseñanzas, la distribución, entre el profesorado, de la carga docente asignada al Departamento de Economía Aplicada para el curso 2024-2025, se realizará conforme a los criterios detallados a continuación. En estos se conjuga la estabilidad o continuidad en las diferentes asignaturas, a fin de garantizar la calidad docente, con la flexibilidad, al permitir cierto cambio en las asignaturas elegidas.
Esta propuesta de criterios, aprobada por la Junta de Dirección y el Consejo de Departamento para cursos anteriores, introduce modificaciones para este año avaladas por la Comisión de Docencia y la Junta de Dirección y queda definida de la siguiente forma:
1. La dedicación docente de cada profesor/a vendrá determinada por la carga total de créditos del Departamento y el número de profesores de este.
2. Los profesores podrán en una primera ronda mantener un máximo de 12 créditos de su docencia actual1. El resto pasará a formar parte de la “bolsa común” junto con la nueva docencia, si la hubiere.
3. Seguidamente, en una segunda ronda, los profesores volverán a elegir de esa "bolsa común" el resto de los créditos hasta completar su docencia en el orden marcado por la categoría docente y la antigüedad en la misma (anexo 1). Podrán volver a elegir los mismos créditos que dejaron si estuviesen libres en su turno de elección.
Esta propuesta de criterios garantiza la estabilidad de todos los profesores en una parte importante de su docencia, con los consiguientes beneficios en la calidad docente. De igual forma, se facilita que cualquier profesor/a del departamento pueda cambiar de asignatura o incrementar su docencia en cualquier curso académico, al quedar elegible cada año en la "bolsa común" un porcentaje importante de la asignación docente de todo el Departamento.
En todo caso, la aplicación de estos criterios respetará las directrices marcadas por los sucesivos Planes de Ordenación Docente (POD) de la Universidad de Granada, para el aseguramiento de la calidad docente.
La interpretación de estos criterios recaerá en la Comisión de Docencia.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Con las siguientes condiciones:
1. Sólo se puede reservar carga docente que se haya tenido en el curso anterior.
2. Sólo se pueden reservar grupos completos, salvo que en el curso anterior no se tuviese algún grupo completo.
3. Se puede reservar un máximo de 2 grupos (Ej.: 6+6), salvo en asignaturas de 3 créditos (Ej.: 6+3+3). Es decir, no se permite repartir los 12 créditos en más de dos grupos, reservándolos parcialmente. En el caso de la asignatura de 7,5 créditos se puede reservar la asignatura completa, aunque supere los 12 créditos. (Ej.: 7,5+6)
4. Se pueden reservar hasta 4 créditos en TFG (1 TFG, 0,4 créditos).
5. A la docencia en inglés en las titulaciones bilingües, además del resto de requisitos y derechos del POD, le serán reconocidos 1,5 créditos adicionales (siempre que exista holgura en la carga docente del departamento y no computables dentro de la carga docente mínima de 12 créditos anuales por profesor).
El profesor que imparta asignaturas en inglés podrá reservarlas adicionalmente al límite de 12 créditos.
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANEXO 1: Criterios sobre el orden de elección del profesorado
1º. Categoría docente reconocida en la Universidad de Granada y antigüedad en dicha categoría, de acuerdo con la siguiente ordenación de categorías docentes.
PROPUESTA DE ORDENACIÓN DE CATEGORÍAS DOCENTES
1. Cuerpos Docentes Universitarios (Funcionarios)
1.1. Catedrático de Universidad
1.2. Titular de Universidad o Catedrático de Escuela Universitaria
1.3. Titular de Escuela Universitaria
2. Profesorado con vinculación permanente
2.1. Contratado Doctor o Profesor Permanente Laboral (LOSU)
2.2. Colaborador
3. Profesorado no permanente
3.1. Contratado Doctor Interino
3.2. Ayudante Doctor
3.3. Ayudante
3.4. Profesor Sustituto Interino
4. Profesorado a tiempo parcial
4.1. Tiempo Parcial (ordenar primero por horas de dedicación y posteriormente por antigüedad en la categoría en la Universidad de Granada)
NOTA 1: Cuando varios profesores pertenezcan a una misma categoría de los grupos 1, 2 y 3, el profesor con mayor antigüedad en dicha categoría en la Universidad de Granada elegirá primero.
NOTA 2: En el caso de coincidencia en la antigüedad en alguna de estas categorías, tendrá prioridad el profesor con mayor antigüedad en el Departamento de Economía Aplicada.