Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2024/25:
Criterios Aprobados en consejo departamento ordinario del 6 de mayo 2024 Acta 315.
Criterios generales para la asignación de encargos docentes (pág. 12 del POD para el curso 2024/25):
1. Reparto equilibrado de la docencia que evite una excesiva atomización de las asignaturas.
2. Orden de prioridades asignación:
1) Asignaturas básicas y obligatorias de las titulaciones de Grado.
2) Asignaturas obligatorias de los másteres habilitantes.
3) Asignaturas optativas de Grado.
4) Asignaturas obligatorias u optativas del resto de Másteres Universitarios.
3. El profesorado no podrá tener en una determinada asignatura de Grado un encargo docente, menor de 5 horas o 1 crédito ECTS en asignaturas de Máster Universitario.
4. En caso de sustitución de un profesor/a con docencia concentrada en un semestre, (en bajas planificadas programadas mitad docencia cada semestre) y el PSIV no pueda cubrir todo, el Departamento reasignará la docencia siguiendo este orden de prioridad:
1º Activar el plan de sustituciones con el profesorado de la asignatura dos semanas máximo.
2º Profesorado que no llegue a su máximo potencial.
3º Listado de profesorado permanente por orden alfabético asignando un máximo 2 ECTS por persona. De ese listado, la Comisión de Docencia elegirá una letra al azar, a partir de la cuál irá participando el profesorado. Aquellas personas seleccionadas, saldrán de la lista hasta que todos/as hayan participado. Se tendrá en cuenta el curso actual pues ya hubo profesores que tuvieron que aumentar su carga docente por este motivo en el primer semestre.
Criterios específicos para la asignación de encargos docentes para el curso 2024/25:
1º Categoría académica.
- 1º CATEDRATICO UNIVERSIDAD
- 2º CATEDRATICO ESCUELA
- 3º TITULAR DE UNIVERSIDAD
- 4º TITULAR DE ESCUELA (figura a extinguir)
- 5º CONTRATADO DOCTOR PERMANENTE/PROFESORADO PERMANENTE LABORAL
- 6º COLABORADOR/PROF. E.U. ENFERMERÍA CEUTA-MELILLA A EXTINGUIR TIEMPO COMPLETO (Prioridad doctorado)
- 7º AYUDANTE DOCTOR
- 8º PROFESOR SUSTITUTO INTERINO (Prioridad doctorado)
- 9º PROFESOR ASOCIADO
- 10º PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN.
2º Antigüedad en la categoría
3º Antigüedad en el Departamento.
4º Fecha de acreditación.
Ante igualdad de categoría primará la conciliación familiar. Si no hay posibilidad de elegir asignatura que se adecue a la conciliación, se estudiará el caso en Comisión de Docencia. Según el POD los Centros procurarán tener en cuenta estas necesidades de conciliación en la elaboración de los horarios docentes.
Corresponderá a los profesores encargados de la docencia adscrita a este departamento de una misma asignatura, decidir el criterio de distribución de la docencia: por contenidos o por grupos teniendo prioridad la categoría académica del profesor y la antigüedad en el departamento.
Se procurará que en cada asignatura haya al menos dos profesores, salvo excepciones, para asegurar la docencia. Los profesores con contrato de Sustituto Interino tendrán la docencia repartida lo más equitativamente posible entre los dos semestres.
Se acuerda que la asignación de la docencia se lleve a cabo en reuniones en las que convocará al profesorado por orden descendente en función de su categoría profesional.