Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2024/25:
1.- Se requerirá al personal docente la presentación de su ficha docente.
2.-La Dirección del Departamento, una vez recibidas las fichas docentes enviadas por cada profesor,
resolverá aquellos casos en que coincidan varias peticiones de acuerdo a:
a) Todo profesor y personal investigador doctor (Ramón y Cajal, Incorporación de Doctores del
Plan Propio, programa UGR-Fellow del Plan Propio y similares) tiene derecho a mantener la
docencia que tuviese el curso anterior, con la excepción de los casos descritos en los apartados 2i)
y 2h) de esta normativa.
b) En caso de estar impartiendo parte de un grupo de una asignatura (créditos teóricos y/o
prácticos), el profesor sólo tendrá derecho a la continuidad para impartir esa parte, pudiendo no
obstante solicitar el resto de la asignatura que pudiera quedar sin profesorado, que se asignará
atendiendo a otros criterios de esta normativa.
Departamento de Física Aplicada
c) La docencia adscrita al Departamento que vaya a impartirse por primera vez o haya quedado
total o parcialmente sin profesor y no haya sido resuelta por el apartado 2b) de esta normativa,
será asignada entre los peticionarios, de acuerdo al siguiente orden: primero, al profesor, si lo
hubiere, que, en la respectiva titulación, hubiese propuesto y elaborado el programa docente por
encargo del Departamento y aprobado en sesión del Consejo de Departamento; segundo, el de
mayor categoría académica (CU, TU, PCD, PC), y dentro de la misma, la Junta de Dirección
formulará una propuesta al Consejo de Departamento considerando la idoneidad del profesor en
relación con la asignatura, su experiencia acumulada en la asignatura, su proyecto para la
asignatura, así como su experiencia docente en el Departamento o cualquier otra circunstancia que
se estime conveniente.
d) En posibles planes de estudios futuros, las asignaturas con denominación y/o contenidos
similares a las existentes, no se considerarán nuevas a estos efectos.
e) En todo caso, la prioridad en la elección solo será de una asignatura por primera vez y de dos
asignaturas en el caso de mantenimiento para asignaturas de Grado. En conjunto, la prioridad se
limitará a enseñanza en dos de ellas, sean para impartir por primera vez o por continuidad de su
enseñanza, debiendo indicar cuál dejaría. Para el resto de la petición formulada, si existiera, se
mantendrían los criterios de oportunidad formulados una vez que se hubiesen tenido en cuenta las
dos primeras peticiones del resto de los docentes.
f) Si después de este proceso quedaran créditos docentes no cubiertos, se abriría un plazo para
solicitudes por parte del profesorado.
g) En aquellas asignaturas que contengan varios grupos, la asignación de grupos en cada curso
será por permutación cíclica del profesorado de la asignatura. No obstante, la elección de grupo
podrá hacerse por acuerdo entre los profesores implicados.
h) Si durante un curso académico, un profesor cede una determinada docencia con motivo de
estancia en otro centro universitario o de investigación, una baja o excedencia, rotación de
profesorado por docencia compartida con otro Departamento o entre varios profesores de este
Departamento, tiene prioridad sobre ésta una vez finalizada la circunstancia.
i) En caso de que un profesor emérito realice una petición de docencia en asignaturas de grado,
prevalecerán las peticiones de profesores en activo.
j) En todo caso, el POD intentará evitar la fragmentación excesiva de asignaturas.
3.- La Dirección del Departamento ofertará, cada curso, enseñanza al Profesorado Contratado no
Permanente, al Personal Investigador Doctor y al Personal Investigador en Formación que cumplan los
requisitos necesarios para poder impartir docencia, Estos entregarán su solicitud, firmada, en el plazo que
se establezca por la Dirección.
Departamento de Física Aplicada
4.- Una vez resuelto todo lo establecido en los puntos 2 y 3, y si toda la docencia adscrita al
Departamento ha sido cubierta, la Dirección elevará la propuesta del POD al Consejo de Departamento
para su aprobación. En el caso en que después de