015_Análisis Matemático

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

Listado de acciones o normativas internas para la elaboración del POD del Departamento:

I. Propuesta de criterio de reparto de la carga docente (aprobada en Consejo de departamento el 17 de mayo de 2004).

La Comisión Docente del Departamento elaborará y distribuirá cada curso antes del reparto, el abanico completo de asignaturas con sus créditos. A partir de aquí, se tendrá en cuenta la Carga docente, C, el Potencial docente, P, y la Reducción total, R, que corresponda según el POD de la Universidad. Acto seguido, hallaremos la Carga Porcentual C/(P-R). La docencia real de cada profesor se obtendrá multiplicando su carga docente teórica por este coeficiente.

II. Para el reparto, se procederá como sigue:

1. Los cursos de posgrado se asignarán automáticamente a propuesta de la Comisión correspondiente del máster o curso de doctorado, computándose a cada profesor los créditos correspondientes.

2. Cada profesor tendrá derecho a renovar una asignatura hasta completar 3 años seguidos. Si lleva menos de 3 años seguidos y quiere renovar, la asignación es automática.

3. Cada profesor deberá elegir las asignaturas (entre las que aún no están asignadas) que le sirvan para completar su correspondiente carga docente. Las asignaturas que hayan sido solicitadas por un solo profesor, quedan así automáticamente asignadas.

4. Entre dos o más profesores que se disputan una misma asignatura, tendrá preferencia aquél que "hace más años que no la imparte".

5. Si ninguno de los criterios expuestos hasta aquí es decisivo, se dirimirán estos "empates" con el criterio de antigüedad en el cuerpo.

III. Propuesta de la Comisión docente: 

1. Todos aquellos profesores que requieran una atención especial en orden a la conciliación familiar, serán escuchados en la Comisión Docente encargada de elaborar el POD.

2. La aplicación estricta del criterio podría eventualmente dar lugar a algunas situaciones no deseables (asignaturas excesivamente fragmentadas, docencia en tres centros diferentes para un profesor, etc.). La Comisión Docente estudiará estas situaciones no deseables proponiendo aquellos cambios que las subsanen. En última instancia es el Consejo el que debe aprobar la programación docente, y por tanto se procederá como sigue:

- La Comisión Docente informará detalladamente a los miembros del consejo del resultado obtenido de la aplicación estricta de los puntos I y II de este criterio.

- La propuesta final de reparto de la Comisión Docente podrá diferir puntualmente de la obtenida con el criterio, siempre que dichas diferencias vayan (una a una) debidamente justificadas, y tengan como finalidad la mejora objetiva de la calidad en la oferta docente hacia los alumnos.