130_Derecho Civil

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

Cada profesor/a  debe elegir docencia hasta agotar los créditos que deba impartir. La carga docente que individualmente deba de asumir será la que resulte de restar de su potencial docente (16 o 24 créditos) las compensaciones de créditos a las que tenga derecho.

1.- Primer criterio a tener en cuenta es el de Permanencia y Dedicación:

     Para elegir la docencia, tiene prioridad el profesorado permanente con dedicación a tiempo completo.

2.- Segundo criterio: dentro del profesorado permanente y con dedicación a tiempo completo, el orden de prioridad para la elección de grupos es el siguiente:

A) Catedráticos de universidad.

B) Titulares de universidad-catedráticos de escuela universitaria.

C) Titulares de escuela.

D) Contratados doctores.

E) Ayudantes doctores.

F) Ayudantes no doctores.

G) Asociados (dependiendo de su dedicación docente).

H) - Contratos Ramón y Cajal, Ricardo de la Cierva, de proyectos de excelencia de la Junta de Andalucía, contratos FPU y similares.

3.- Tercer criterio: antigüedad en el cargo. En cada una de las categorías de profesorado, tanto permanente como no permanente, se prioriza la elección en función de la antigüedad en el cargo/categoría o puesto de trabajo.

4.- Cuarto criterio: a la hora de elección de los grupos se establece como límite máximo dos  grupos a elegir de la misma asignatura  y en el mismo semestre.

5.- Quinto criterio: el profesorado podrá concentrar su docencia en un semestre.