155_Derecho Internacional Privado

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

(Aprobados por acuerdo de la sección departamental de 31 de mayo de 2017)

1. La distribución de los encargos docentes tendrá lugar mediante el consenso de todos los profesores de la sección departamental, tomando en consideración criterios de calidad docente relacionados con la especialización del profesorado. Igualmente, en el acuerdo que se alcance se procurará tener en cuenta que los horarios asignados hagan posible la conciliación de la vida laboral y familiar.

2. En defecto de acuerdo, en el orden de la elección de las tareas docentes se tendrán en cuenta los siguientes criterios. Elegirán primero los profesores de superior categoría académica o profesional. Dentro de cada categoría, elegirán en primer lugar quienes posean mayor antigüedad en el cuerpo docente al que se pertenezca (para los funcionarios), o en la categoría (para los contratados). No obstante, como excepción, elegirán primero quienes hayan conseguido la acreditación para un cuerpo docente superior. Por último, en caso de igualdad se tendrá en cuenta la antigüedad en el grado de doctor. 

3. En el orden de elección de tareas docentes la elección se producirá teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) La elección tendrá lugar a través de rondas sucesivas en las que cada profesor elegirá, en cada una, hasta un máximo de ocho créditos. Habrá rondas sucesivas hasta que cada profesor cubra por completo los créditos del encargo docente que le corresponda de acuerdo con los criterios del POD aprobado por la UGR.

b) La elección deberá recaer sobre bloques de créditos completos. 

c) El encargo docente consistente en los Trabajos Fin de Grado será distribuido entre todos los docentes de la sección departamental.