165_Derecho Mercantil

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

Partiendo de la base de respetar, en la medida de lo posible y atendiendo las razones argumentadas por cada docente, la asignación de grupos y créditos de años anteriores, la Junta de Dirección llevará a cabo una función mediadora entre el Profesorado para lograr un acuerdo en el encargo de los grupos y de la docencia, respetando siempre el Plan de Conciliación. Tendrá en cuenta, para ello, el potencial docente de cada miembro del Departamento. Se procurará una distribución equitativa de los créditos, según la potencialidad de cada uno. De este modo, si se concentra, a petición de un docente, toda su carga en un semestre, se hará adjudicándole el mayor número de créditos, frente a quien deba repartirla en dos semestres. En la distribución de la carga se tendrá en cuenta tanto la docencia en Grado con la docencia en Másteres Oficiales.

Criterio supletorio, caso de no acuerdo:

* Si la Junta de Dirección logra un acuerdo del Profesorado en su tarea mediadora, propondrá un POD completo al Consejo de Departamento.

* Si no se lograra tal acuerdo, tras la intervención de la Comisión Académica del Departamento, se pasaría otra propuesta al Consejo, en la que se tendría en cuenta el criterio de la categoría profesional y, dentro de ella, de la antigüedad, para la elección de horarios y grupos, debiendo cada docente cubrir, en su elección, los créditos correspondientes (previamente asignados por la Junta según las indicaciones del Rectorado). Los Profesores Sustitutos Interinos, Profesores Contratados y los Profesores Asociados elegirán, en ese caso, en último lugar. El criterio supletorio seguirá este orden: CU, PTU, Profesorado no permanente Doctor, Profesorado No permanente.