260_Escultura

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

Los encargos docentes responsabilidad del profesorado adscrito a los departamentos corresponden a las enseñanzas en titulaciones de grado y máster universitario en los que imparte docencia el Departamento de Escultura, conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. El Consejo de Departamento aprobará anualmente los planes de asignación de tareas docentes que contemplen medidas tendentes a un reparto equilibrado de la docencia, siempre que no se planteen nuevas contrataciones como consecuencia de su aplicación. El reparto equilibrado de la docencia dentro del ámbito del conocimiento habrá de ser compatible con el principio de racionalidad académica que evite que de la aplicación de la misma se derive una excesiva atomización de las asignaturas entre el profesorado del ámbito.

Como garantía para el desarrollo de la docencia correspondiente, y atendiendo a la normativa vigente en el Plan de Ordenación Docente de la UGR, el Departamento de Escultura establece los siguientes criterios:

- Procurar un reparto equitativo de la carga docente del departamento, atendiendo al número de créditos asignado por contrato para cada una de las categorías de profesorado, correspondiente a las obligaciones docentes máximas asignadas en la normativa vigente.

- Atender en la medida de lo posible al perfil docente e investigador del profesorado para la asignación y encargo docente de materias y asignaturas.

- Favorecer la diversidad de asignación de grupos de una misma asignatura a diferentes docentes, propiciando el principio de racionalidad académica y la posible libre elección por parte del alumnado.

- Siempre que sea posible, repartir los encargos docentes a lo largo de todo el curso académico, empleando primer y segundo semestre para su desarrollo, evitando la concentración de asignaturas en un solo semestre salvo causa justificada y aprobación por parte del Consejo de Departamento, tal y como recoge la normativa vigente.

- Repartir equitativamente (en la medida de lo posible) la asignación de encargos docentes correspondientes al Trabajo Fin de Grado (TFG) entre todo el profesorado del Departamento, con un máximo de 4 créditos asignable a cada docente.

- Propiciar el reparto equitativo de docencia troncal y optativa del profesorado, así como la continuidad por parte del mismo de diferentes asignaturas dentro de un mismo módulo.

- Posibilitar en la medida de lo posible la permuta por mutuo acuerdo de asignaturas entre el profesorado encargado de las mismas, siempre que se adecúe al resto de criterios de regulación.