785_Tecnología Electrónica

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

En la reunión del Consejo de Departamento celebrada el día 17 de febrero de 2010, se aprobó la normativa de elección de asignaturas. Los principales puntos del acuerdo fueron los siguientes:

  • Se establece un orden de prelación según la figura de profesorado, en el siguiente orden: Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad, Contratado Doctor, Ayudante Doctor, Otro PDI doctor, PDI no doctor, por antigüedad en cada una de las respectivas figuras, y en el caso de los Ayudantes Doctores, si además están acreditados a Contratado Doctor, por antigüedad en la fecha de acreditación. Para los demás PDI doctores y no doctores, la antigüedad en la fecha de incorporación al departamento.
  • Además, para evitar la fragmentación, los profesores que impartan un grupo de teoría deberán impartir también al menos un grupo de prácticas de la misma asignatura. En la práctica no se asignan más de dos profesores a un mismo grupo amplio de ninguna asignatura.
  • En asignaturas en las que exista más de un grupo de teoría, ningún profesor podrá impartir todos los grupos.
  • Una vez encargado un profesor de la impartición de una asignatura, la podrá mantener al menos durante tres cursos académicos.
  • Estos criterios generales podrían alterarse de forma excepcional en casos concretos con el acuerdo mayoritario del Consejo de Departamento.

De acuerdo con estos criterios generales, se estableció el siguiente procedimiento, que se viene aplicando desde entonces en los sucesivos cursos académicos:

  • El Secretario del departamento ordena la relación de PDI y procede a una serie de entrevistas personales con cada uno de ellos, por orden de prelación, informándole de la docencia disponible y preguntándole por su elección.
  • En caso de apreciar deficiencias en el POD, por ejemplo por una excesiva fragmentación, podrá proceder a una segunda ronda de entrevistas informando de estas deficiencias por si algún profesor puede resolverlas con un cambio de elección.
  • La propuesta de POD así resultante se debate en la Comisión Docente del departamento, siempre que la temporización lo permita, y finalmente se somete a la aprobación final por parte del Consejo de Departamento, teniendo en cuenta siempre que el Consejo de Departamento puede modificarla si no ha habido acuerdo para subsanar las deficiencias, o por cualquier circunstancia especial que así lo aconseje, siempre que se apruebe esa modificación de forma mayoritaria.