900_Química Farmacéutica y Orgánica

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

1. Todos los créditos docentes adscritos al Departamento para el correspondiente curso académico, serán repartidos equitativamente entre el profesorado adscrito al Dpto. Para el resto de PDI, que solicite colaboración docente, según lo estipulado en el POD de la Universidad, se determinará un porcentaje de docencia que será repartida de forma equitativa entre todos los adscritos al Dpto.

2. Para determinar la carga docente de cada profesor para el curso académico correspondiente, del número de créditos del apartado 1 se deducirán las compensaciones por reducción de carga docente a aquellos profesores que las posean, según los criterios establecidos en el POD de la Universidad.

3. La adscripción de carga docente se hará según los siguientes criterios, en primer lugar, el Cuerpo de pertenencia y, dentro de cada uno, la antigüedad en el puesto, seguidos por la experiencia docente, línea de investigación y perfil docente. Se comenzará eligiendo una asignatura y grupo por el profesor de mayor rango y antigüedad y siguiendo en ese orden. Finalizado el listado de profesores, se continuará la adscripción de asignatura y grupo a los PDI, descritos en el apartado 1, usando el mismo criterio de antigüedad y rango. Terminada la primera vuelta si resultasen asignaturas por asignar, se comenzará una segunda vuelta de adscripción en el mismo orden con el que se inició.

4. En el caso de grupos compartidos, cada profesor, en el momento de la adscripción decidirá el carácter del grupo, si es de único responsable o compartido expresando el porcentaje de compartición.

5. La carga docente anual determinada en el apartado 2, de cada profesor/PDI, se completará con la adscripción de los correspondientes grupos de prácticas. Se comenzará adscribiendo preferentemente los grupos de prácticas de la(s) asignatura(s) elegidas por cada profesor a éste, hasta alcanzar el número de créditos determinado en el apartado 2.

6. ADENDA APROBADA EN CD EL 30 de abril de 2015:

"Cuando finalizada segunda ronda de adscripción, y no hubiese acuerdo entre profesores para adscribirse la(s) asignatura(s) restantes, y queden alguna (s) asignatura (s) sin profesor, se comenzará la adscripción al 50% -o completa, si lo acepta-, al profesor de menor rango y antigüedad del Dpto, en orden ascendente, hasta completar las materias restantes.

Si este/estos profesores, ya tuviesen adscritos 1.5 grupos de teoría, se pasaría al inmediatamente superior.

Se mantendrá siempre el criterio de rango y antigüedad".