908_Psicología Experimental

Criterios de asignación de tareas docentes para el curso 2022/23.

El Consejo de Departamento de Psicología Experimental aprobó un documento que contempla criterios de asignación de tareas docentes, en la sesión celebrada el 11 de Julio de 2006. En el documento se contempla, como primer criterio, el acuerdo adoptado entre los profesores del Departamento. Este criterio se ha mostrado muy valioso, ya que favorece el diálogo y el consenso, involucra a los profesores en la toma de decisiones, y reduce conflictos. La Comisión de Docencia es la encargada de recibir las peticiones y preferencias de los profesores, contactar en caso de que no puedan atenderse todas con los profesores afectados, proponer alternativas y facilitar acuerdos.

En caso de que no existiera un acuerdo, la Comisión de Docencia tendría en cuenta los siguientes aspectos antes de proceder a valorar la petición de cambio en la asignación de asignatura, de forma que el posible cambio afectara lo menos posible al profesor o profesora que pudiera verse desplazado de una asignatura que venía impartiendo.
1. Antelación mínima de un curso académico para realizar la petición por parte del profesor/a solicitante de cambio.
2. El profesor o profesora que resultara desplazado/a habría impartido la asignatura, como mínimo, cuatro cursos académicos.
3. El cambio no debe suponer en ningún caso una asignación superior a dos asignaturas teóricas o 3 asignaturas que impliquen solo prácticas para el profesor desplazado.

Si se cumplieran los criterios anteriores, la Comisión de Docencia valoraría las peticiones en conflicto de acuerdo al baremo interno considerando méritos relacionados con la especialización, es decir, la experiencia y formación docente e investigadora relacionadas con la asignatura, así como otros méritos y evaluaciones externas, y la categoría profesional. Todas las decisiones se elevarían como propuestas al Consejo de Departamento para su aprobación. Sin embargo, no ha sido necesario nunca acudir a este procedimiento, resolviéndose los posibles conflictos por consenso entre las partes. Este mismo criterio (acuerdo) se comunica al Vicerrectorado de Docencia cuando se cumplimenta el apartado de criterios de asignación de docencia de la aplicación de Organización Docente del Departamento.

Asimismo, el Departamento acordó un Plan de Igualdad de Género donde se contemplan medidas para la conciliación familiar, aprobado en Consejo de Departamento el 22 de febrero de 2011, cuando formábamos parte del Departamento de Psicología Experimental y Fisiología del Comportamiento. Entre las medidas contempladas, son relevantes en este sentido las relativas a la flexibilidad horaria para la impartición de clases, tanto teóricas como prácticas, para el personal docente e investigador, de forma que se facilite la atención a hijos menores de 12 años y/o personas dependientes. Para ello, en las asignaturas con más de un grupo de teoría y/o prácticas, la persona que se encuentre en estas circunstancias podrá elegir la franja horaria (mañana o tarde) más conveniente en cada caso. Dicha flexibilidad horaria se deberá solicitar a la Dirección del Departamento con antelación a la planificación docente, informando de su necesidad.