1. INTRODUCCIÓN
La crisis sanitaria provocada por el COVID-19 ha tenido un enorme impacto en el desarrollo de la actividad académica en las universidades desde que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, dispuso la suspensión de la enseñanza universitaria presencial y la adopción de medidas extraordinarias para el desarrollo de la actividad docente no presencial en tanto se mantenga el estado de emergencia sanitaria actual.
El comunicado conjunto de los Rectores y Rectoras de AUPA y el Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidades de la Junta de Andalucía de 1 de abril de 2020, acuerda mantener la docencia online durante lo que resta del curso 2019-2020, así como preparar un Plan General de Contingencia, definido con una amplia perspectiva en el tiempo, no solo en lo que queda hasta la finalización del curso, sino que, asimismo, pueda tener en cuenta los modos de evaluación que pudieran ser aplicados en el supuesto caso de que esta situación de excepcionalidad se prolongue hasta el periodo de evaluación final.
Las orientaciones de este PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA DOCENCIA Y EVALUACIÓN NO PRESENCIAL se han diseñado sin perder de vista el compromiso de la Universidad de Granada (UGR) con la calidad académica de las enseñanzas que reciba el estudiantado en este nuevo contexto.
Garantizar esta calidad constituye uno de los criterios generales establecidos en los siguientes documentos:
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Acuerdo de REACU ante la situación de excepción provocada por el COVID-19 (3 de abril de 2020).
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Documento marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las universidades andaluzas a la situación excepcional provocada por el COVID-19 durante el curso académico 2019/20 (11 de abril de 2020).
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Orientaciones para la recogida de información y registro documental de las adaptaciones de la docencia y planes de contingencia derivadas de la pandemia de COVID-19 (Dirección de Evaluación y Acreditación, 14 de abril de 2020)
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Recomendaciones sobre criterios generales para la adaptación del sistema universitario español ante la pandemia del Covid-19, durante el curso 2019-2020 (Conferencia General de Política Universitaria, 15 de abril de 2020)
Esta situación de excepcionalidad conlleva cambios temporales no solo en la forma de abordar el proceso de enseñanza y aprendizaje, sino también en las directrices y normativas universitarias que guían el desarrollo de la docencia (memorias de las titulaciones, guías docentes, normativa de evaluación, etc.).
Las decisiones tomadas y los ajustes realizados en el contexto de cada titulación se registrarán e incorporarán como adendas a las memorias de las titulaciones, a las guías docentes, a las directrices/normativas específicas de la UGR y a los procedimientos que integran el Sistema Interno de Garantía de la Calidad de los títulos. En este sentido, resultan esenciales los mecanismos de coordinación vertical y horizontal establecidos en dichos sistemas entre las comisiones académicas o de calidad de los títulos, las direcciones de los Departamentos, la coordinación de los másteres y los equipos gestores de los Centros, estableciendo para ello procedimientos ágiles y transparentes. Esta coordinación entre todos los órganos implicados en la toma de decisiones garantizará la coherencia y consistencia de los ajustes y cambios introducidos.
Son seis los ejes en torno a los cuales se construye este PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA DOCENCIA Y EVALUACIÓN NO PRESENCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA:
I. Actividad Docente: Adaptación de las Guías Docentes
II. Prácticas Externas Curriculares y Extracurriculares
III. Desarrollo del Trabajo Fin de Grado (TFG), Trabajo Fin de Máster (TFM) y Tesis Doctoral
IV. Evaluación de los aprendizajes
V. Formación del profesorado
VI. Atención y apoyo al estudiantado
La ejecución de este PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA DOCENCIA Y LA EVALUACIÓN NO PRESENCIA EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, de carácter extraordinario y temporal, exige en algunos aspectos concretos, la suspensión de la norma de aplicación en ciertos casos, aplicándose lo dispuesto en este plan o de la forma en que se establezca, o, en otras ocasiones, una interpretación flexible de la norma, que se realizará mediante las correspondientes resoluciones e instrucciones que sean necesarias; en este sentido el Plan dejará de tener efectos en el momento en el que se levante el estado de alarma y se permita continuar con la actividad docente de modo presencial.
Este PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA DOCENCIA Y LA EVALUACIÓN NO PRESENCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA entrará en vigor a partir de la aprobación en Consejo de Gobierno y se adecuará a evolución de la situación general y las posibles medidas que haya que ir adoptando.
En los casos en que este documento utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía de la expresión, y que se utilizan de forma genérica con independencia del género de las personas aludidas o de los titulares de dichos cargos o puestos, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
2. ACTIVIDAD DOCENTE: ADAPTACIÓN DE LAS GUÍAS DOCENTES
La UGR es consciente y reconoce el gran esfuerzo que está realizando el estudiantado, el profesorado y el personal de administración y servicios para responder con las mayores garantías y rigurosidad al nuevo panorama formativo no presencial. La Resolución de la Rectora, de 14 de marzo de 2020, sobre suspensión de la docencia presencial en la UGR, establece en su punto 6.1.1 que el Personal Docente e Investigador, en cumplimiento de sus obligaciones docentes, deberá buscar alternativas para desarrollar su labor en forma no presencial. El cumplimiento de estas obligaciones docentes implica la puesta en práctica de las siguientes medidas, que repercutirán en la mejora de la actividad docente del profesorado y en los aprendizajes del estudiantado:
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Continuar con el desarrollo de la actividad docente en modalidad no presencial. Esta modalidad supone un contacto continuado con el estudiantado, y no puede limitarse únicamente a facilitar las diapositivas de la asignatura o unos apuntes para su estudio. Incluso sería recomendable, y en la medida de lo posible, que las clases se impartieran por videoconferencia y que, al menos, se realizase una clase semanal síncrona que permita la interacción con los estudiantes.
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Mantener una comunicación continua con el estudiantado realizando un especial seguimiento de los estudiantes con necesidades de atención educativa (NEAE) y con otras necesidades socioeconómicas.
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Prestar especial atención al estudiantado de la UGR participante en programas de movilidad saliente que haya tenido que alterar matrícula para incluir asignaturas de la UGR tras el inicio de la emergencia sanitaria.
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Prestar especial atención al estudiantado internacional, ya sea de movilidad internacional o con matrícula conducente a título de la UGR.
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Difundir y comunicar de manera inmediata, especialmente al estudiantado, los cambios introducidos en cualquier aspecto de la docencia.
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Adecuar los ajustes a las condiciones de conectividad y disponibilidad tecnológica del estudiantado.
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Mantener el horario de impartición de la asignatura programado inicialmente para las actividades síncronas, salvo acuerdo previo con los estudiantes implicados. Se recomienda, asimismo, la grabación de las clases para facilitar el seguimiento asíncrono de las mismas.
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Evitar sobrecargar al estudiantado siendo consciente del esfuerzo que actualmente está realizando para adaptarse a la docencia no presencial y que, en general, está matriculado en un mínimo de treinta créditos en este segundo semestre.
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Ofrecer las orientaciones oportunas al estudiantado del primer semestre que tenga la materia pendiente de ser evaluada en convocatoria extraordinaria (en el caso de los centros con semestres abiertos)
El cambio de la actividad docente presencial a no presencial requiere de la adaptación de las Guías Docentes. Esta adaptación, realizada por los equipos docentes responsables de cada asignatura, será supervisada por el Departamento responsable de la misma y comunicada a la coordinación de la titulación, en el caso de los grados y, supervisada por las comisiones académicas o de calidad en el caso de los másteres.
Con el propósito de facilitar este ajuste y delimitar el alcance de los posibles cambios a incorporar en las Guías Docentes se proporcionará a los equipos docentes responsables de cada asignatura unas directrices concretas para llevar a cabo su adaptación, que se recogerá en una adenda (anexo I) de la Guía Docente que deberá ser aprobada por juntas de dirección, comisiones de gobierno o comisiones académicas, según corresponda y comunicada a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes del treinta de abril.
Deberán adaptarse, según proceda, los siguientes descriptores incluidos en las Guías Docentes de las asignaturas:
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Las tutorías. Se debe garantizar la atención tutorial en el horario establecido en la adenda de la Guía Docente utilizando para ello herramientas síncronas (videoconferencias, conversación telefónica, etc.) y asíncronas (foros, correo electrónico, etc.) disponibles que permitan reforzar la acción orientadora y de seguimiento del estudiantado.
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El temario detallado de las asignaturas, en especial el relativo a los contenidos prácticos de las mismas, fundamentalmente cuando al desarrollarse en laboratorios, talleres y actividades de campo cualquiera que sea su naturaleza, se hace necesario su reorientación hacia otras actividades que permitan al estudiante alcanzar los resultados de aprendizaje previstos en la Guía Docente de cada asignatura.
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Las metodologías docentes. El profesorado explicitará las nuevas metodologías docentes especificando las herramientas telemáticas utilizadas.
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El sistema de evaluación, orientándose preferentemente hacia la evaluación continua. En el apartado IV de este documento se aportan orientaciones relativas a la evaluación, alternativas a la evaluación presencial basadas en herramientas telemáticas así como el calendario de docencia y evaluación.
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Recursos y enlaces recomendados para el aprendizaje no presencial como alternativas a la bibliografía fundamental y complementaria indicadas en las Guías Docentes a la que no puede acceder el estudiando en estas circunstancias.
3. PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES Y EXTRACURRICULARES
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Las Prácticas académicas extracurriculares realizadas en empresas, entidades externas o en la propia Universidad, que se hayan visto interrumpidas por la declaración del estado de alarma podrán continuarse solo por medios telemáticos hasta el momento en el que las autoridades sanitarias permitan su reanudación presencial, siempre que las empresas o entidades no estén insertas en un ERTE y se pueda garantizar el desarrollo de un proyecto formativo que cuente con el acuerdo de la entidad colaboradora y el estudiante. A las empresas o entidades se les exigirá una declaración responsable de no estar insertas en un ERTE, salvo aquellas entidades que tengan la consideración de Administración Pública.
No podrán iniciarse nuevas prácticas extracurriculares, ni podrán prorrogarse las que finalicen, mientras continúe la situación de emergencia sanitaria. Solo podrán iniciarse o prorrogarse aquellas prácticas cuyas actividades formativas estén relacionadas con servicios de apoyo a la lucha frente al COVID-19, y que serán valoradas por el Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad y el director del Centro de Promoción de Empleo y Prácticas, previo informe técnico del personal responsable de la gestión de dichas prácticas.
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Las Prácticas curriculares en empresas, entidades o en la propia Universidad, interrumpidas o no iniciadas por el estudiante, solo podrán realizarse por medios telemáticos en tanto no se permita su reanudación presencial, siempre que se pueda garantizar el desarrollo de un proyecto formativo.
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Las prácticas internacionales que se hubiesen visto interrumpidas y los estudiantes retornados a España, solo podrán continuarlas por medios telemáticos, siempre que se pueda garantizar el desarrollo del proyecto formativo y cuente con el acuerdo entre la entidad colaboradora y el estudiante.
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Para las Prácticas académicas curriculares que no tengan la posibilidad de desarrollarse con medios telemáticos, los Centros, en el caso de los grados, y las Comisiones Académicas, en el caso de los másteres, podrán adoptar las siguientes medidas, atendiendo a las características del título y considerando el interés y circunstancias del estudiante:
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Adaptar las prácticas a una modalidad no presencial mediante la realización de actividades formativas de diversa naturaleza que permitan la adquisición de las competencias correspondientes, y el cumplimiento del proyecto formativo. En caso de que el estudiante hubiera iniciado sus prácticas pero no las hubiese finalizado, deberán definirse las actividades que complementarán su aprendizaje de acuerdo con el porcentaje de prácticas que el estudiante hubiera realizado de forma presencial antes de la declaración del estado de alarma.
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Considerar como actividades formativas que pueden suplir las prácticas curriculares, total o parcialmente según corresponda, los desempeños profesionales, prácticas afines a la titulación realizadas por el estudiante, las actividades de voluntariado, así como la formación complementaria, que garantice la adquisición de las competencias y resultados del aprendizaje previstos en dichas prácticas. No obstante, para su evaluación será necesario que el estudiante presente una memoria en la que se explicite con detalle las tareas desarrolladas, al margen de los contenidos específicos determinados por los Centros (grados) o Comisiones Académicas (másteres), responsables de dicha evaluación.
En caso de que con esta opción solo se puedan suplir parcialmente estas prácticas, además de la memoria, deberán definirse las actividades formativas complementarias a realizar por los estudiantes para garantizar los resultados de aprendizaje previstos.
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Aplazar la realización de las prácticas de forma presencial a los meses de junio, julio, agosto y septiembre, siempre que la evolución de emergencia sanitaria lo permita. La jornada de prácticas podrá intensificarse hasta 8 horas al día cuando su realización en el tiempo disponible así lo requiera, y siempre que exista un acuerdo entre la entidad colaborada y el estudiante. No obstante, si fuera necesario, las prácticas podrán prorrogarse hasta final de año, siempre que su desarrollo pueda compatibilizarse con las plazas de prácticas previstas para el curso 2020/21 sin producir solapamientos en la titulación ni en la entidad colaboradora. En este último caso, se considerará que el estudiante habrá superado la asignatura en el curso 2019/20, por lo que no se deberá abonar nueva matrícula.
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Cuando las prácticas externas curriculares tengan un carácter optativo, el estudiante podrá realizar una alteración extraordinaria de la matrícula que le permita cursar, en el caso de los grados, otras asignaturas de segundo semestre, siempre que se acojan a la evaluación única final en la asignatura que sustituye a las prácticas externas curriculares. En el caso de los másteres, dicha alteración podrá realizarse cuando las asignaturas a cursar no hayan comenzado su impartición. Estas asignaturas podrán formar parte de los planes de estudio de otros másteres, siempre que su reconocimiento sea aprobado por el órgano competente.
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A las prácticas externas de los grados o másteres habilitantes, les será de aplicación los mismos criterios que para los no habilitantes siempre que sea posible y se cumpla con lo establecido en la orden ministerial correspondiente. También se podrán tener en cuenta las recomendaciones de las Conferencias de Directores y Decanos.
4. DESARROLLO DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG), TRABAJO FIN DE MÁSTER (TFM) Y TESIS DOCTORAL
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Los TFG y TFM basados en trabajos experimentales, de toma de datos, de laboratorio o aquellos otros cuya realización no pueda llevarse a cabo en el actual estado de alarma, podrán reorientarse hacia otras modalidades basadas en el estudio de casos, trabajos bibliográficos o de investigación, etc., que puedan ser desarrollados en las circunstancias actuales. Los centros, en el caso de los Grados, y las comisiones académicas, en el de los Másteres Universitarios, establecerán el procedimiento para realizar este cambio de orientación.
No obstante, el desarrollo de TFM y TFG de este tipo podrán llevarse a cabo, previa petición del estudiante, durante los meses de septiembre a diciembre de 2020. En estos casos, se considerará que el estudiante habrá superado la asignatura en el curso 2019/20, por lo que no se deberá abonar nueva matrícula.
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La tutorización de TFG y TFM se llevará a cabo utilizando las herramientas telemáticas disponibles reforzando la acción orientadora y de seguimiento del estudiantado.
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La entrega de TFG y TFM se reajustará conforme a la adaptación del calendario de evaluación contenido en este PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA DOCENCIA Y LA EVALUACIÓN NO PRESENCIAL EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.
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La defensa y evaluación de los TFG y TFM se realizará mediante procedimientos telemáticos salvo que las directrices sanitarias permitan su defensa presencial.
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Desde la coordinación de los títulos de Grado y las comisiones académicas de los títulos de Máster Universitario se podrá adoptar la decisión de sustituir la defensa pública por la presentación de memorias escritas cuando existan dificultades técnicas que impidan o dificulten la defensa no presencial salvo que exista normativa estatal reguladora del título que lo impida.
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El depósito y defensa no presencial de Tesis Doctorales se realizará conforme al protocolo establecido en la Resolución del Vicerrector de Docencia de la Universidad de Granada, de 26 de marzo de 2020, por la que se adopta las medidas de ordenación e instrucción necesarias sobre los procedimientos de depósito y defensa de tesis doctorales.
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Podrán acogerse a este protocolo los doctorandos cuya defensa de la tesis doctoral sea aprobada por los Comités de las Escuelas Doctorales, y soliciten hacer uso del sistema de videoconferencia, entendiéndose que con dicha solicitud el doctorando manifiesta su conformidad con la no suspensión de los plazos administrativos, conforme a lo establecido en el apartado 3 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/220, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
5. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
- 5.1 Orientaciones generales para la evaluación no presencial
- 5.2 Alternativas y herramientas para la evaluación no presencial
- 5.3 Calendario de docencia y evaluación no presencial
5.1. Orientaciones generales para la evaluación no presencial:
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Los cambios introducidos en el sistema de evaluación deben de garantizar la equidad, la calidad del proceso de evaluación y su adecuación al carácter de la asignatura, al contenido y a los métodos docentes. Estos cambios se indicarán en la adenda correspondiente a la Guía Docente de cada asignatura, que deberá ser aprobada y comunicada a la mayor brevedad posible y en cualquier caso antes del treinta de abril.
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Se informará y consultará al estudiantado de los cambios introducidos en el sistema de evaluación continua y única final, con suficiente antelación, especificándose claramente los criterios y procedimientos de evaluación, la ponderación asignada a cada actividad o aspecto objeto de evaluación y los requisitos establecidos (si procede).
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La evaluación debe centrarse en los aspectos esenciales de la materia (tomando como referente los resultados de aprendizaje esperados).
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La evaluación continua constituye la modalidad evaluativa preferente en el nuevo escenario docente universitario; las diferentes actividades formativas realizadas durante la docencia presencial deben constituir evidencias evaluativas de peso en la evaluación de los aprendizajes. Las acciones formativas no presenciales deben facilitar al estudiantado la continuación de su aprendizaje y su evaluación.
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Se sugiere valorar la posibilidad de prescindir del examen/prueba tradicional; en el caso de no ser posible, se respetará la ponderación inicialmente establecida que examen/prueba tradicional tuviera asignada en la Guía Docente. No obstante, se recomienda arbitrar alternativas a dicho examen/prueba ajustadas al carácter de la asignatura (teórico/práctico), a la docencia no presencial, al tamaño del grupo, a las tecnologías institucionales disponibles y a las posibilidades de conectividad del estudiantado. Así mismo, dichas alternativas no pueden suponer una sobrecarga para el estudiantado por lo que se recomienda secuenciar la ejecución y entrega de las distintas tareas.
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Los métodos y técnicas de evaluación continua serán diversos, complementando con técnicas de evaluación continua en escenarios virtuales síncronos (al mismo tiempo) y asíncronos (en tiempos distintos).
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Se recomienda al profesorado flexibilidad en las fechas de entrega de las diferentes tareas y actividades objeto de evaluación.
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Se deben tener en cuenta las dificultades especiales y atender a casos excepcionales. En este sentido es necesario considerar la situación de excepcionalidad de los estudiantes internacionales con matrícula conducente a título de la UGR, de programas de movilidad entrante en la UGR, o de programas de movilidad saliente de la UGR que han tenido que alterar matrícula para incluir asignaturas de la UGR debido a la emergencia sanitaria.
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Los estudiantes mantienen su derecho a la revisión de las pruebas de evaluación y sus calificaciones por videoconferencia o correo electrónico.
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Se deben facilitar a los estudiantes instrucciones previas y precisas en relación con la realización de las pruebas o tareas evaluables.
5.2. Alternativas y herramientas para la evaluación no presencial
Con el objeto de facilitar al profesorado este proceso de adaptación, la Universidad de Granada ofrece una relación de posibles alternativas a la evaluación presencial (anexo II), para cuya aplicación se recomienda tener en cuenta las siguientes observaciones:
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El uso de programas antiplagio y la comunicación de ello al estudiantado.
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La obligación de los estudiantes a actuar en las pruebas de evaluación de acuerdo con los principios de mérito individual y autenticidad del ejercicio, así como a garantizar la autoría y originalidad de sus trabajos.
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Las condiciones de conectividad del estudiantado en las tareas síncronas de evaluación.
En escenario presencial: |
Alternativas de evaluación no presencial: |
Pruebas escritas |
Prueba objetiva |
Prueba de ensayo, resolución de problema, caso o supuesto |
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Pruebas orales |
Exposición oral de trabajos |
Entrevistas (individuales o colectivas) |
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Trabajos y seminarios |
El portafolio (individual o grupal) |
Redacción de informes y diarios |
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Búsqueda, revisión y lectura de publicaciones |
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Producciones audiovisuales |
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Mapas conceptuales |
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Prácticas |
Prácticas |
Observación |
Observación |
Participación |
Participación |
Con respecto a estas alternativas para la realización de pruebas de evaluación no presencial, se tendrán en cuenta las recomendaciones contenidas en el “Informe sobre Procedimientos de Evaluación no Presencial. Estudio del Impacto de su Implantación en las Universidades Españolas y Recomendaciones” realizado del Grupo de Trabajo de Intersectorial de CRUE Universidades (Secretarías Generales, Docencia, TIC y Atención Estudiantil) y el "Informe sobre el impacto normativo de los procedimientos de evaluación online: protección de datos y garantía de los derechos de las y los estudiantes"
5.3. Calendario de docencia y evaluación no presencial
5.3.1 Calendario de docencia no presencial
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ESTUDIOS DE GRADO
Periodo docente del segundo semestre
Titulaciones con calendario con semestres abiertos:
Hasta el 12 de mayo de 2020
Titulaciones con calendario con semestres cerrados:
Hasta el 27 de mayo de 2020
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ESTUDIOS DE MÁSTER
Periodo docente del segundo semestre: hasta el 19 de junio de 2020.
En los casos excepcionales donde no sea posible la adaptación de la docencia práctica a una modalidad no presencial, se reprogramará la asignatura para ser impartida en el periodo en que las autoridades sanitarias permitan de nuevo la docencia presencial pudiendo impartirse en los meses de julio o septiembre de manera intensiva, si ello es posible.
5.3.2 Calendario de evaluación de los aprendizajes
Con el objetivo de garantizar el desarrollo del curso académico 2019/20 se establece el siguiente calendario de evaluación no presencial de los aprendizajes. Si la evolución de la situación actual de emergencia sanitaria permitiera la evaluación presencial en ambas convocatorias o, en todo caso, en la convocatoria extraordinaria, esta se realizaría en el mismo calendario que se expone a continuación:
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ESTUDIOS DE GRADO
Teniendo en cuenta la posible evolución del COVID-19 y que el supuesto más probable es que tampoco sea posible la celebración de pruebas de evaluación presenciales en las fechas previstas en los calendarios académicos –como así se indica en el Documento marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las Universidades Andaluzas a la situación excepcional provocada por el COVID-19 durante el curso académico 2019/20–, se establecen las siguientes consideraciones en relación al periodo de evaluación en convocatoria ordinaria y extraordinaria del segundo semestre (para titulaciones con calendario con semestres cerrados) y en el periodo de evaluación en convocatoria ordinaria del segundo semestre y extraordinaria del primer y segundo semestre (para titulaciones con calendario con semestres abiertos):
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Para todas las titulaciones se priorizará la evaluación continua, incorporando alternativas de evaluación no presencial adecuadas y adaptadas en función de las características de las asignaturas.
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Cuando no sea posible el establecimiento de la evaluación continua para la evaluación no presencial de las asignaturas, se establece lo siguiente:
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Hasta el 30 de abril de 2020, límite para comunicar a los centros, a través de la dirección de los departamentos y coordinaciones de los títulos, la evaluación no presencial en convocatoria ordinaria y convocatoria extraordinaria.
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Un calendario de evaluación no presencial en convocatoria ordinaria y para evaluación única final en todas las titulaciones con calendario de semestres abiertos a partir del 1 de junio de 2020 (hasta el 24 de junio de 2020).
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Un calendario de evaluación no presencial en convocatoria ordinaria y para evaluación única final en todas las titulaciones con calendario de semestres cerrados a partir del 8 de junio de 2020 (hasta el 1 de julio de 2020).
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Un calendario de evaluación no presencial en convocatoria extraordinaria del primer y segundo semestre en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres abiertos a partir del 6 de julio de 2020 (hasta el 24 de julio de 2020).
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Un calendario de evaluación no presencial en convocatoria extraordinaria del segundo semestre en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres cerrados) a partir del 13 de julio de 2020 (hasta el 24 de julio de 2020).
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Desde los centros se programará el calendario de evaluación en convocatoria ordinaria (incluyendo evaluación única final) y extraordinaria para aquellas asignaturas en las que no sea posible el establecimiento de evaluación continua como única alternativa para la evaluación no presencial. Este calendario deberá comunicarse al estudiantado en el momento de su aprobación.
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Se establece como límite de entrega de actas de la convocatoria ordinaria del segundo semestre en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres abiertos el 1 de julio de 2020 y en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres cerrados el 8 de julio de 2020.
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Se establece como límite de entrega de actas de la convocatoria extraordinaria del primer y segundo semestre (en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres abiertos) y en convocatoria extraordinaria del segundo semestre (en todas las titulaciones de centros con calendario de semestres cerrados) el 11 de septiembre de 2020.
Dada la naturaleza de las Prácticas Externas y del Trabajo de fin de Grado, se extiende el límite de entrega de actas en convocatoria extraordinaria hasta el 18 de septiembre de 2020. No obstante, si fuera necesario, en el caso de las Prácticas Externas, podrán prorrogarse hasta final de año, siempre que su desarrollo pueda compatibilizarse con las plazas de prácticas previstas para el curso 2020/21 sin producir solapamientos en la titulación ni en la entidad colaboradora. En este último caso, el límite de entrega de actas en convocatoria extraordinaria del curso 2019/20 se prolonga hasta el 18 de diciembre de 2020.
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ESTUDIOS DE MÁSTER
Teniendo en cuenta la posible evolución del COVID-19 y que el supuesto más probable es que tampoco sea posible la celebración de pruebas de evaluación presenciales en las fechas previstas en los calendarios académicos –como así se indica en el Documento marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las Universidades Andaluzas a la situación excepcional provocada por el COVID-19 durante el curso académico 2019/20–, se establecen las siguientes consideraciones en relación al periodo de evaluación en convocatoria ordinaria y extraordinaria de las enseñanzas de Máster Universitario:
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Para todas las titulaciones se priorizará la evaluación continua, incorporando alternativas de evaluación no presencial adecuadas y adaptadas en función de las características de las asignaturas.
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Convocatoria ordinaria (primera convocatoria) para todas las asignaturas del segundo semestre incluido el Trabajo de fin de Máster: hasta el 24 de julio de 2020.
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Se establece la fecha límite de entrega de actas de la convocatoria ordinaria diez días después de la revisión de exámenes y, en todo caso, antes del 30 de julio de 2020.
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Convocatoria extraordinaria (segunda convocatoria) para todas las asignaturas incluido el Trabajo de fin de Máster: del 1 al 25 de septiembre de 2020.
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Se establece la fecha límite de entrega de actas de la convocatoria extraordinaria diez días después de la revisión de exámenes y, en todo caso, antes del 28 de septiembre de 2020.
Dada la naturaleza de las Prácticas Externas y del Trabajo de fin de Máster, su realización podrá desarrollarse durante los meses de septiembre a diciembre de 2020. En el caso de las Prácticas Externas, este aplazamiento podrá llevarse a cabo siempre que su desarrollo pueda compatibilizarse con las plazas de prácticas previstas para el curso 2020/21 sin producir solapamientos en la titulación ni en la entidad colaboradora. El límite de entrega de actas en convocatoria extraordinaria del curso 2019/20 en ambos casos, se prolonga hasta el 18 de diciembre de 2020.
6. FORMACIÓN DEL PROFESORADO
Con el objetivo de preservar la calidad de las enseñanzas y al objeto de facilitar una transición rápida y sencilla a toda la comunidad universitaria, se han puesto en marcha diferentes iniciativas de ayuda y formación en materia de docencia-aprendizaje virtual y de teletrabajo. Por una parte, se ha habilitado un espacio de información oficial dentro de la web https://covid19.ugr.es en el que se ofrece información detallada (para docentes y estudiantado) sobre Docencia Virtual, que incluye una sección con las respuestas a las preguntas más habituales sobre la docencia virtual (FAQ); cursos online de capacitación; recursos para clases, seminarios, tutorías, una guía sobre cómo grabar una clase y material de apoyo para adaptar la docencia presencial al entorno virtual, entre otros.
El Centro de Producción de Recursos para la Universidad Digital (CEPRUD) ha puesto a disposición del profesorado dos cursos online de formación sobre el uso de la Plataforma de Recursos de Apoyo a la Docencia (PRADO), uno de carácter básico y otro de carácter avanzado, que sirven de referencia al profesorado para conocer las funcionalidades más importantes de la plataforma, y que están tutorizados por técnicos del centro para resolver dudas a través de foros específicos.
Además de estos cursos, el CEPRUD en colaboración con la Unidad de Calidad, Innovación Docente y Prospectiva (UCIP), han puesto en marcha una serie de seminarios web con el objetivo de profundizar en el uso didáctico de las herramientas propuestas, así como asistir al profesorado en la transición a la docencia no presencial.
Asimismo, se ha proporcionado en PRADO el espacio virtual colaborativo COVID-19: Adaptación a la docencia no presencial. ¿Cómo lo puedo hacer?, asistido por expertos de la UGR en enseñanza online, donde se accede de forma asíncrona a la formación impartida en los seminarios web, y se dispone de foros de discusión relacionados con la adaptación de la docencia presencial, creación de recursos, actividades de seguimiento, etc.
Se priorizarán las acciones contempladas en el Plan de Formación e Innovación Docente (FIDO) centradas en la digitalización de la docencia y se pondrá en marcha un espacio virtual para el intercambio de experiencias.
7. ATENCIÓN Y APOYO AL ESTUDIANTADO
Con el objetivo de facilitar el acceso a la docencia y evaluación no presencial de todo el estudiantado de la Universidad de Granada se han puesto en marcha las siguientes acciones:
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Ampliado el plazo de solicitud de las Ayudas de carácter social de la UGR.
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Un nuevo plan propio de becas y ayudas con nuevas condiciones y supuestos que tengan en cuenta el efecto de la crisis.
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La dotación de equipos informáticos y tarjetas de conexión a internet.
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Desde el Gabinete psicopedagógico se han implementado mecanismos de ayuda psicológica y pedagógica mediante la creación de tutoriales o microtalleres virtuales sobre técnicas de estudio, hábitos de estudio, mindfullness, técnicas para combatir la ansiedad ante los exámenes o miedo a hablar en público.
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Se proporciona en PRADO el espacio virtual colaborativo COVID-19: Adaptación a la docencia no presencial. ¿Cómo lo puedo hacer?, asistido por voluntariado experto en informática de manera que se abran foros de discusión en los que el estudiantado resuelva dudas relacionadas con la adaptación a las nuevas estrategias de docencia y evaluación no presencial (creación de recursos, uso de determinados programas…).
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Flexibilización de procedimientos administrativos y otras actuaciones de apoyo para el estudiantado participante en programas de movilidad internacional, tanto entrante como saliente.
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La UGR estudiará de manera particular las situaciones de los estudiantes con problemas justificados y sobrevenidos derivados del estado de emergencia sanitaria actual.
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Respecto a los procedimientos de acreditación lingüística, desde la Dirección de Política Lingüística del Vicerrectorado de Internacionalización y el Centro de Lenguas Modernas de la UGR, se está preparando una convocatoria para la organización de exámenes de lengua inglesa reconocidos y recogidos en la oferta de gratuidad de la UGR, que asegurará que el estudiantado pueda certificar el B1o B2 necesario para obtener el título de Grado en el curso 2019/20, así como para otros casos en los que se requiere la acreditación lingüística.